* : Campos obligatorios
¿Había Señalización?* Si No
¿El tercero se considera culpable?* Si No
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Señor Asegurado, el título III del Decreto Supremo N° 1055, dispone que en todos aquellos casos en que la Compañía designe un liquidador directo, el liquidador dispondrá de un plazo de 5 días contados desde la comunicación para oponerse a la liquidación directa y solicitar por escrito el nombramiento de un liquidador independiente.